Mientras
tanto, muchas figuras prominentes del partido whig apoyaban las demandas
a favor del reconocimiento provenientes de los comerciantes londinenses. Tal fue
el caso del historiador y político James Mackintosh, quien al hablar ante la Cámara
de los Comunes el 15 de junio de 1824, en ocasión de la petición presentada
por los comerciantes de Londres, dijo lo siguiente:
Cuando Gran Bretaña, espero que muy pronto, reconozca a los Estados de Hispanoamérica, no será una concesión a ellos, pues no necesitan tal reconocimiento; será para el propio interés de Inglaterra, para proteger el comercio y la navegación de sus súbditos, para lograr los mejores medios de cultivar relaciones amistosas con países importantes, y componer, por medio de negociaciones, diferencias que de otro modo podrían terminar en la guerra. (1)
No
obstante, la posición del partido whig no era homogénea respecto de la
cuestión del reconocimiento. Algunos integrantes del partido habían adoptado
posiciones más moderadas que Mackintosh en este tema, como el caso de lord
Holland y su círculo de la Cámara Holandesa -debido a los fuertes vínculos
que tenían con los liberales españoles- o el caso de lord Grey, quien pensaba
que el reconocimiento colocaba a Gran Bretaña en una posición complicada e incómoda
respecto de los países del resto de Europa. (2)
Asimismo, Canning encontró una amarga oposición al reconocimiento que
partía de los miembros ubicados dentro del propio gabinete, especialmente los
sectores conservadores conducidos por el duque de Wellington, quienes se oponían
a la política de Canning, que estaba asociada con los intereses británicos en
Sudamérica. Wellington y su grupo opinaban que la política de Canning
distanciaba a Gran Bretaña de la Santa Alianza. Para estos conservadores, ésta
simbolizaba la unidad europea, mientras que el reconocimiento de los Estados
insumisos de América del Sur implicaba una política contraria al orden
establecido. Además, el propio rey Jorge IV estaba en contra de esta política
de Canning. (3)
Pero la oposición a la política de Canning no era tan vigorosa como
podría parecer a primera vista. Mientras los whigs criticaban la demora
de Canning en reconocer a las ex colonias españolas de América del Sur,
estando básicamente a favor de la línea adoptada, los tories, incluso
los más recalcitrantes opositores a Canning, eran conscientes de que la
permanencia de éste en el Foreign Office garantizaba la propia permanencia del
partido en el gobierno. A pesar del deseo de los tories de diseñar una
política más cercana a la Santa Alianza, estaban dispuestos a sacrificar tal
posición con tal de permanecer en el poder. (4)
En los debates parlamentarios de fines de julio de 1824, lord Liverpool
y Canning procuraron obtener consenso en ambas Cámaras a través de la
elaboración de una declaración formal en la que se señalaba que Gran Bretaña
no debía consultar más ni a España ni a otros aliados europeos respecto del
momento indicado para el reconocimiento, que debía ser determinado por la
propia Gran Bretaña: ésta fue la declaración que Alvear había hecho conocer
a Rivadavia. (5)
Canning logró la aprobación de la medida del reconocimiento del Río
de la Plata, pero el duque de Wellington lo obligó a incluir la condición de
que ello dependería de que existiesen datos concretos que confirmaran la
aceptación de la autoridad central de Buenos Aires por parte de las otras
provincias del Río de la Plata. Con ello pretendía demorar el asunto a fin de
poder llegar a un acuerdo con las potencias europeas que impidiera la medida. La
decisión fue mantenida en secreto y como el gobierno de Buenos Aires no se
encontraba todavía consolidado, el reconocimiento de éste fue anunciado junto
con el de México y Colombia. (6)
Para poder presentar el caso del reconocimiento al resto del
gabinete británico con ciertas posibilidades de éxito debido a la exigencia de
Wellington, Canning y lord Liverpool necesitaban tener evidencias adicionales de
la estabilidad y unidad en el Río de la Plata. De esa manera, Canning instruyó
a Parish acerca de la necesidad de formalizar las relaciones comerciales
bilaterales como un instrumento indispensable para el eventual reconocimiento de
la independencia del Río de la Plata, pero con una advertencia:
Usted no procederá a la apertura de las negociaciones salvo que tal instrumento pueda mostrar la autoridad, no de Buenos Aires solo, sino de todos los estados comprendidos en la descripción de los Estados Unidos del Río de la Plata. (7)
En cumplimiento de sus instrucciones, Parish planteó a las autoridades
de Buenos Aires la necesidad de constituir un gobierno nacional como condición
previa al reconocimiento británico. Así se lo hizo saber al ministro de
relaciones exteriores Manuel José García, permitiéndole confidencialmente
leer las instrucciones de Canning. Su estrategia dio resultado, pues en su
informe Parish pudo decir: “y no tuve la menor dificultad en convencerlo de la
obvia necesidad de que exista una autoridad formal para el conjunto de las
Provincias Unidas, antes de que puedan iniciarse las negociaciones”. (8)
Parish sugirió a García que buscara la forma más conveniente de presentar un
informe que pudiera dejar satisfechos a sus superiores. Inmediatamente García
le explicó a Parish en una nota formal que si bien todas las provincias del Río
de la Plata tenían gobiernos separados para conducir las cuestiones internas,
delegaban en el gobierno de Buenos Aires la conducción de todas las
negociaciones vinculadas con las relaciones exteriores. (9)
Para ser aún más convincente, Parish mostró confidencialmente sus
instrucciones también a los principales diputados. Fue así como se llegó
a la conclusión de que era deseable acelerar la reunión del ya convocado
Congreso General, cuya función principal sería la de reconstituir la
representación frente al exterior de las Provincias Unidas, en la forma de un
presidente y otras autoridades, sin que esto significara una intromisión de
Buenos Aires en los asuntos internos de las otras provincias. (10)
El 16 de diciembre de 1824 se producía la apertura del Congreso en
Buenos Aires y a fines de mes, el cónsul Parish anunciaba a los residentes británicos
en Buenos Aires y a los miembros del gobierno la inminencia del reconocimiento.
La llegada a esta ciudad de la noticia de la victoria de las fuerzas patriotas
en la batalla de Ayacucho al mes siguiente aceleró el proceso por el cual el
Congreso de las provincias del Río de la Plata decidió otorgar al gobierno
porteño el manejo de las relaciones exteriores de la Confederación. El 23 de
enero de 1825, el gobierno de Las Heras pudo lograr la aprobación de la ley
Fundamental, que creaba un poder ejecutivo nacional, delegado en el gobierno de
Buenos Aires, el cual tendría a su cargo la guerra y las relaciones exteriores.
A la vez esta ley Fundamental prometía asegurar el respeto a las instituciones
provinciales. La sanción de esta ley permitió a Parish iniciar la negociación
por el tratado comercial.
Por otro lado, el 15 de diciembre, Liverpool y Canning presentaron una
minuta recomendando el reconocimiento de Buenos Aires, México y Colombia. Debe
aclararse que en ese momento todavía no había llegado a Londres la noticia de
la batalla de Ayacucho, ni se tenía la certeza del inicio de las sesiones del
Congreso pendiente en el Río de la Plata. Puede suponerse que en el caso de
esta última región las perspectivas de los asuntos comunicadas por Parish a
Canning dos meses antes debieron ser lo suficientemente satisfactorias como para
que el ministro tomara la decisión de incluirla entre los Estados que serían
reconocidos. Canning, en combinación con lord Liverpool y amenazando con su
renuncia, presentó la cuestión como una maniobra indispensable para
contrarrestar las ambiciones, no tanto de España como del príncipe de Polignac
y del nuevo rey Carlos X de Francia, que amenazaban los intereses británicos en
Sudamérica. De tal modo, y a pesar de la oposición del duque de Wellington,
consiguió convencer al rey Jorge IV sobre la pertinencia de reconocer a esos
tres Estados. (11)
Antes de que la medida fuera implementada, el 30 de diciembre
Canning envió una circular refiriendo todos los antecedentes de la conducta
asumida por Inglaterra y ofreciendo a España sus buenos oficios "para el
establecimiento de un acuerdo amistoso con aquellos países que ya no puede
tener esperanza de reducir a su dominio". España contestó con una
protesta manifestando que nunca reconocería a los nuevos estados y no dejaría
de emplear la fuerza para someter a los rebeldes americanos. (12)
Finalmente la medida del reconocimiento fue implementada bajo la forma
de una declaración incorporada al discurso que el rey Jorge IV debía leer en
la inauguración de las sesiones del Parlamento el 7 de febrero de 1825. Sin
embargo, la lectura debió ser realizada por lord Eldon a causa de la
indisposición del monarca, considerada ésta un pretexto por el disgusto que le
causara la declaración que había consentido.
Canning justificó en el Parlamento el reconocimiento de las repúblicas
americanas como la aceptación de una realidad. Aclaró que si España hubiera
tenido en ese momento fuerzas beligerantes en alguno de los Estados con los que
se iniciaban las relaciones diplomáticas, no habría existido el derecho a
entablarlas. Pero en su opinión esas fuerzas habían dejado de actuar y los
gobiernos se consideraban independientes y ejercían su autoridad en sus
respectivos territorios, en cuyo caso era legítimo tomar el hecho como tal y
negociar los propios intereses británicos. Sostuvo además que siendo España
impotente para reducir a su obediencia a las nuevas repúblicas, no podía
delegar en otras naciones -la Santa Alianza- un derecho que ella no podía
ejercer. Por lo tanto el gobierno británico, sin perturbar el derecho de España
como antigua metrópoli para no acceder a la independencia de sus colonias y
para hacerles la guerra, consideraba que no podía ver impedido su derecho a
entrar en relaciones con aquéllas donde España ya no ejercía sus derechos ni
tenía fuerzas beligerantes en acción. Canning luego de dar un panorama general
de la situación de las colonias en cuestión, poniendo énfasis en la ausencia
de fuerzas españolas en ellas, agregaba que la Gran Bretaña no reconocía el
derecho de los sudamericanos a ser independientes, sino el hecho de que lo
fueran en ese momento. (13)
NOTAS
P. O. Leary, Sir James Mackintosh. The Whig Cicero, Aberdeen, 1989,
p. 159, citado en K. Gallo, op. cit., p. 222; ver también M.
Belgrano, "La política exterior...", p. 397.
K. Gallo, op. cit., p. 223.
Ibid., pp. 223-224; M. Belgrano, "La política
exterior...", p. 397.
A. Mitchell, Whigs in Opposition, 1815-1830,
Oxford, 1967, pp. 174-176; W. W. Kauffmann, British policy and the
Independence of Latin America, 1804-1828, New Haven, 1951, p. 214; W.
Hinde, George Canning, Londres, 1973, p. 349, citados en K. Gallo, op.
cit., pp. 223-224.
F. G. Dawson, The first Latin American Debt Crisis. The City of London
and the Loan Bubble, Yale, 1990, p. 77, citado en ibid., pp.
224-225.
C. K. Webster, op. cit., p. 33; K. Gallo, op. cit., pp.
230-231.
Canning a Parish, PRO F.O. 6/2, citado en ibid., p. 226.
F.O. 6/5, Parish a Canning, 24 de octubre de 1824, cit. en H. S. Ferns, op.
cit., p. 136.
K. Gallo, op. cit., p. 232.
H. S. Ferns, op. cit., p. 136. Este autor afirma que, a raíz de las conversaciones con Parish, los diputados de la Junta de Representantes porteña "advirtieron la conveniencia de convocar un Congreso General de las provincias", lo que no es exacto. La idea de convocar a la reunión de un congreso nacional para organizar jurídicamente al Estado argentino fue propuesta por la administración de Martín Rodríguez, unos meses antes de su finalización. Elevado a la Junta de Representantes un proyecto de ley al respecto en febrero de 1824, éste había sido aprobado en el mismo mes. Otra ley fijó el número de diputados que corresponderían a Buenos Aires y dispuso que la elección fuera realizada en el mes de marzo. Sin embargo, si bien ésta tuvo lugar en la fecha propuesta, el escrutinio de la misma no se realizó hasta el 9 de octubre, lo cual demuestra que se estaba dando largas al asunto. Por lo tanto, las opiniones de Parish, en el sentido de las ventajas que reportaría al Río de la Plata la existencia de un gobierno central, seguramente influyeron para que la pendiente reunión del congreso finalmente se concretara.
Ibid., p. 234; M. Belgrano, "La política exterior...", p.
398.
M. Belgrano, ibid.
Vicente F. López, Historia de la República Argentina, tomo V,
Buenos Aires, Sopena, 1960, pp. 96-97.
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