Desde la segunda mitad del siglo XVI, la gobernación del Tucumán
formó parte del virreinato del Perú, integrando la jurisdicción de la Audiencia de
Charcas. Abarcaba un extenso territorio que comprendía las actuales provincias de
Santiago del Estero, Tucumán, Córdoba, Salta, La Rioja, Jujuy y Catamarca. Esta
gobernación había surgido de la iniciativa de un grupo de hombres que desde el norte y
Chile se internó en el territorio que eventualmente se convertiría en lo que conocemos
como el Interior argentino, estimulado tanto por el sueño de encontrar la fabulosa tierra
de César -que chocó con la realidad de una región pobre en metales preciosos- como por
la necesidad de encontrar una salida al Atlántico por donde el Alto Perú y el Tucumán
pudiesen obtener un más rápido y barato abastecimiento de productos ultramarinos. De
acuerdo con este segundo objetivo, la gobernación de Tucumán se afirmó como una zona
proveedora de ganado e industria textil para el mercado altoperuano, llegando a ser el
principal centro de producción y la zona más poblada del actual territorio argentino.
Pero el destino de la economía tucumana estaba demasiado estrechamente ligado al del Alto
Perú, y con la crisis de la actividad minera potosina a fines del siglo XVII, el comercio
de ganado y las industrias artesanales de las provincias del Interior entraron en
decadencia. La misma se acentuó con la apertura del puerto de Buenos Aires a fines del
siglo XVIII. Este último factor incidió de manera crucial en el desplazamiento del eje
económico del Tucumán hacia la zona litoral (1).
A partir de 1776, el Tucumán quedó integrado en el virreinato del
Río de la Plata. Pero esta gobernación comprendía un territorio demasiado vasto. Los
límites jurisdiccionales de la gobernación no tenían en cuenta las distancias entre las
ciudades, la dispersión de las autoridades, y la complejidad de los problemas locales,
acentuada por los dos primeros factores. Ya antes de la creación del virreinato las
autoridades americanas habían apreciado el problema que implicaba la extensión de la
gobernación del Tucumán en términos de control político y administración financiera.
En 1771, el fiscal de la Audiencia de Charcas, Alvarez de Acevedo, sugería al virrey Amat
la conveniencia de fraccionar el Tucumán en dos jurisdicciones: una con capital en Salta,
que comprendiese la provincia homónima y las de Jujuy y Tucumán, y otra con capital en
Córdoba y que abarcase Santiago del Estero, Catamarca y La Rioja. Pocos años después,
los oficiales de real hacienda de Tucumán y el propio virrey del Perú plantearon la
misma propuesta de Acevedo. Estas propuestas suponían que la integración de Salta, Jujuy
y Tucumán en una jurisdicción separada solucionaría los problemas que planteaba la gran
extensión de la gobernación del Tucumán. Lamentablemente, la fragmentación del
gobierno de Tucumán, impuesta por la Real Ordenanza de Intendentes de 1782, no contempló
las propuestas anteriormente mencionadas, ya que creó una intendencia de Salta que
comprendía a la provincia del mismo nombre junto a las de Tucumán, Santiago del Estero y
Catamarca. Esta intendencia de Salta, sede de las cajas reales, iba a contrapelo de las
diferencias regionales y las tensiones producidas por el espíritu localista que dichas
diferencias alimentaban (2).
La falta de integración regional de la intendencia de Salta quedaba
comprobada al examinar la actividad comercial dentro de la misma. En Salta el comercio de
mulas era la actividad esencial. Hacia 1802 se calculaban en 50.000 las mulas y en 2.000
las cabezas de ganado vacuno arriadas hacia el Alto Perú y Perú. En Jujuy las arriadas
de mulas hacia el mercado altoperuano también eran importantes, si bien en menor grado
que en el caso salteño. En Tucumán, la venta de ganado a las provincias de
"arriba" ocupaba un sitio destacado. Pero por su singular ubicación
geográfica, Tucumán tuvo mayor contacto con las distintas ciudades y regiones, además
de una producción industrial más destacada que las otras provincias del Noroeste. La
construcción de carretas para el comercio con el norte y el envío de suelas o cueros
curtidos, bateas y objetos de madera a Buenos Aires, Córdoba y otras localidades
producía cifras nada despreciables. A Tucumán llegaban $ 90.000 en efectos de Castilla,
pero su balanza comercial arrojaba un saldo favorable mayor a los $ 77.000, índice de la
dimensión alcanzada por la economía tucumana. A su vez, y a diferencia de los casos de
Salta y Jujuy, el comercio de mulas no era tan significativo en Catamarca y Santiago del
Estero, donde la industria textil tenía cierta importancia. Los lienzos y paños
catamarqueños se vendían a comerciantes de Córdoba y Buenos Aires. Los ponchos
santiagueños se vendían casi enteramente en Buenos Aires, demostrando un perfil litoral
que no tenían las provincias de Salta, Jujuy y Tucumán, estrechamente ligadas al mercado
altoperuano. Las diferencias entre estas tres últimas provincias y las de Santiago del
Estero y Catamarca se evidenciaban también en el rubro importaciones. Salta consumía tan
sólo $ 2.000 de efectos de Castilla; Santiago, en cambio, recibía $ 50.000 (3).
Obviamente las provincias más ricas resistían la unión con las de menores recursos.
A estas diferencias entre Salta, Jujuy, Tucumán, Santiago del Estero y
Catamarca se sumaron las tensiones existentes entre ciudad y ciudad. Desde el comienzo de
la conquista y colonización española en el Río de la Plata, las ciudades habían
adquirido un marcado particularismo. El cabildo era el símbolo institucional más
representativo de dicho particularismo. Si bien con la organización impuesta por la Real
Ordenanza de Intendentes los Borbones intentaron cercenar el poder del cabildo y de esta
forma el de los criollos o españoles americanos, esta institución asumió la defensa de
los intereses lugareños. Ese particularismo con el correr del tiempo no sólo se mantuvo
sino que se potenció, conspirando contra los esfuerzos de la administración borbónica
de integrar a las ciudades con su capital intendencial o a las ciudades entre sí. El
particularismo resultaba aún más poderoso que el regionalismo (4). Dice con acierto
Carlos S. A. Segreti:
Débiles, muy débiles son los lazos que unen a una ciudad con otra, a pesar de los elementos que las interrelacionan. Así es como se engendra, en cada ciudad, una mentalidad localista que adquiere verdadero rigor a lo largo del siglo XVIII. Dos centurias de vigencia lleva esta mentalidad cuando, desde la metrópoli, se intenta una transformación mediante la creación del virreinato (1776) y la implantación del sistema intendencial (1782)... El sistema intendencial se propuso una integración en grados, que debió luchar contra los vacíos ecuménicos que separaban una ciudad de otra y contra la consiguiente endeble cohesión interna. Entre 1782 y 1810, pues, el régimen intendencial no pudo crear una mentalidad provincial -con el alcance territorial de cada intendencia- capaz de coexistir, por lo menos, con la mentalidad localista. De la misma manera y con mayor razón no fue posible crear una mentalidad virreinal... (5)
Posteriormente, y tal como lo señala Norma Pavoni:
la guerra por la independencia deberá desarrollarse dentro de un marco donde los intereses localistas imperaban y se sobreponían a todo otro sentimiento aglutinante que permitiera deponer aquéllos en aras de un interés común. El impacto de la guerra en las economías locales (...) ahondó esos particularismos, creando más de un problema al nuevo Estado que luchaba por tomar forma (6).
Al igual que en las otras regiones del ex virreinato del Río de la
Plata, el proceso revolucionario provocó cambios importantes en la estructura social y
económica de la región Noroeste. Uno de ellos fue la retracción del comercio con el
mercado altoperuano y peruano, en poder de los realistas hasta 1825 salvo breves
intervalos. Pérdida importante pues el Alto Perú proveía el mercado vital para las
mulas de Salta y Jujuy, pero también el metálico con el cual se pagaban las
importaciones de ultramar que entraban por el puerto de Buenos Aires. Si bien hubo
tráfico clandestino con el mercado altoperuano, éste no pudo paliar la interrupción del
comercio lícito, aunque resulte imposible evaluar el impacto en cifras. Esta contracción
comercial incidió en el tesoro público en momentos en que la guerra revolucionaria
exigía frecuentes desembolsos de dinero e inversión en bienes y hombres. En
consecuencia, el gobierno revolucionario recurrió a los bienes particulares y al aumento
de cargas impositivas sobre la población, cargas que se tornaron particularmente odiosas
en el caso de las provincias norteñas, por su ubicación fronteriza frente al Alto Perú
realista, cuyos avances había que contener. Salta y Jujuy eran campo de batalla
permanente entre patriotas y realistas. Los hacendados debieron soportar frecuentes
contribuciones, embargos y empréstitos para el mantenimiento del ejército
revolucionario, que mermaron sus fortunas. El resto de la población, que poco o nada
poseía, debió ofrendar su propia vida en las continuas levas y reclutamientos, nunca
suficientes para una lucha larga. El comerciante de efectos ultramarinos sólo vendía al
por menor, con "mucho fiado y poca plata", y el ejército patriota tomaba sus
mercaderías "con boleto y bien baratas", siempre a pagar en fecha incierta. Las
derrotas de los ejércitos revolucionarios, además, podían paralizar las ventas en forma
total. Muchas casas de comercio en otro tiempo florecientes y fortunas particulares
debieron enfrentar la bancarrota a causa de los efectos de la guerra. Los estancieros
veían mermadas sus haciendas, confiscadas sus producciones y utilizadas sus tierras para
depósito del ganado recolectado por el ejército. La guerra generó modificaciones en la
situación de los antiguos poseedores de capital (7).
La economía quedó afectada por la guerra y acentuó las tensiones
preexistentes, añadiendo nuevas fuentes de conflicto, por ejemplo, la competencia por la
venta al menudeo entre comerciantes locales ubicados en la porción libre de realistas de
la ruta del norte, con los comerciantes que llegaban "de abajo", porteños e
ingleses. En este contexto norteño plagado de tensiones, la población local intensificó
sus resquemores respecto de aquéllos que, llegados del Litoral, ejercían una actividad
competitiva que perjudicaba sus propios intereses. Ejemplos de esta tendencia fueron los
mayores gravámenes municipales impuestos en 1814 en Salta a los introductores no vecinos,
y las peticiones de los comerciantes tucumanos en 1815, solicitando se prohibiese el
expendio de efectos internados en plaza por los ingleses (8).
Como sostiene Pavoni,
la necesidad de encontrar nuevos recursos para la subsistencia o de defender lo que todavía quedaba de las antiguas fuentes de riqueza, ahondó el localismo de cada ciudad y su jurisdicción. Y este localismo conspiraba necesariamente contra la cohesión entre las distintas partes del cuerpo político, en momentos que la causa independentista exigía la unión y el esfuerzo mancomunado de todas ellas. Es así como, en los momentos más críticos, volvieron a replantearse entre ciudad y ciudad antiguas y enojosas cuestiones económicas, expresadas ahora en el plano político a raíz de la oportunidad que brindaba la revolución de iniciar el proceso de la organización del Estado (9).
Los cabildos, en su afán de romper los lazos que los ataban a su capital intendencial, hicieron suyo el principio del derecho de los pueblos a autogobernarse en ausencia de la autoridad central, que por otro lado contaba en el Río de la Plata con un antecedente tan remoto como la real cédula de 1537, otorgada a los vecinos de Asunción. Este principio, muchas veces puesto en práctica en el período colonial, fue utilizado sucesivamente por la Junta de Montevideo y por la de Buenos Aires en mayo de 1810, en este último caso asumiendo el gobierno en nombre del monarca preso por Napoleón hasta que éste retornara a la corona española. También lo aplicó el Cabildo de San Salvador de Jujuy, cuyos oficios y los de su diputado Juan Ignacio de Gorriti, elevados a la Junta Grande el 19 de febrero, el 4 de mayo y el 19 de junio de 1811, reflejaban claramente el alcance del espíritu localista. En el primero se solicitaba que en el nuevo sistema de gobierno a establecerse, la ciudad de Jujuy y su jurisdicción fuera "reputada como una pequeña república que se govierna a si misma", regida por su propia constitución, además de la general, y por sus propias autoridades con todas las facultades que corresponden a los intendentes (10). Poco después, con motivo de la creación de las juntas principales y subordinadas, Gorriti reclamó "la absoluta igualdad de derechos de todos los pueblos" y la autonomía de cada ciudad, remarcada esta última con las siguientes palabras:
De ciudad á ciudad, bien que en punto menor, hay las mismas consideraciones, que entre nación, y nación. Si dos naciones limitrofes son concurrentes á una misma pretensión, cada una procurará sacar las ventajas, que le ofrezca su prepotencia para engrandecerse. Del mismo modo, si dos ciudades de un mismo dominio, están en concurrencia de intereses, cada una procurará rebajar quanto pueda las utilidades de la otra, y aumentar las propias... Si en estas circunstancias la una és arbitra de disponer, no omitirá traba para inutilizar los esfuerzos de su ribal, y sacar ventaja de la impotencia de esta (11).
Como ejemplo de ello, el diputado jujeño advertía sobre el interés
de Salta en aprovechar con exclusividad la explotación de las distintas actividades
económicas de la provincia, tales como invernadas de mulas, extracción de ganados,
plantíos de tabaco y habilitación de fronteras.
En ese particularismo tan marcado de los distritos municipales, en esa
mentalidad localista que se imponía, se basaron las rivalidades de todo tipo que hicieron
fracasar los intentos de unificación interna durante el período colonial y dificultaron
el desarrollo del proceso revolucionario, atentando contra la consolidación de la
conciencia nacional y del Estado. Estas rivalidades de tenor localista hallaron su
expresión más definida a partir de 1820. En una inequívoca muestra de la presencia de
este espíritu localista, el diputado jujeño Gorriti decía que cada ciudad debía
entenderse con el gobierno superior; y de este modo:
Vamos á dar una forma simple, y mui sencilla al sistema, y adelantamos un paso mui glorioso acia la livertad politica á que aspiramos; quando la dependencia en que tenemos á las ciudades no diste una linea del federalismo que és el termino de la servidumbre (12).
¿Qué entendía Gorriti por federalismo? Los documentos disponibles no
dan suficientes elementos para afirmar si las palabras del diputado jujeño fueron el
primer escrito federal de la historia argentina. En aquella época y hasta bien avanzado
el siglo XIX, las palabras federalismo, federación y confederación solían emplearse
indistintamente y sin mucha claridad en cuanto a sus alcances (13).
Frente al espíritu localista de Gorriti estaba el pensamiento
centralista del deán Gregorio Funes, basado en el régimen de intendencias. En su
polémica con el diputado jujeño, Funes, representante de la capital de la intendencia de
Córdoba, sostuvo su opinión contraria a la independencia de los distritos menores con
las siguientes palabras:
Por de pronto se resiste a mí compreension que para un grande estado pueda ser buena una forma de gobierno en que los (sic) mas pequeñas y remotas partes solo se allen unidas por un sentro comun. Quanto mas dilatados son los estados tanto mas difisiles de governarse... La misma dificultad de la empresa parese que exige que esa grande masa se divida y subdivida en rason de su mole y extension... Véase aqui el punto natural de reunion. Sobre este punto deven formarse gradualmente otros políticos cuyo efecto será estrechar más y mas el estado, y dar al muelle principal una axion mas segura, mas rapida, y desembarasada (14).
La lógica de la guerra de independencia y las resistencias que, en diversos puntos del ex virreinato del Río de la Plata, despertaba la autoridad del gobierno revolucionario de Buenos Aires llevaron a éste a pretender imponer su voluntad a través de un esquema centralista que fue rechazado por las provincias del Interior. Al compás de la guerra contra los ejércitos realistas, viejas y nuevas rivalidades políticas se sucedían. A los enfrentamientos de Güemes con el general del Ejército del Norte y director supremo, José Rondeau, se sumaban las agitaciones separatistas de los distritos menores respecto de sus capitales de gobernación. A su vez, la militarización de las fuerzas locales, impuesta por las necesidades de la guerra independentista, favorecía el surgimiento de caudillos y poderes locales. La mentalidad localista -o sentimiento de "patria chica"- estaba cada vez más arraigada en la población. Al respecto son significativas las palabras de Belgrano a Güemes en 1817, aclarándole que si:
nuestros paisanos estubieran imbuídos de lo que es espíritu de Nación, y no reducida su idea de Patria á solo su lugar, y cuanto más su provincia, y quisieran seguirme, yo aseguro á Ud. que nada tendríamos que trabajar para ir arrollando esa canalla, casi sin tirar una bala, pero todavía es muy temprano para que el espíritu nacional haga sus efectos, y conozco que debe ir por grados (15).
Los desaciertos de los directores supremos porteños prepararon el clímax propicio para la fragmentación del año 1820. Con la caída del Directorio se cerró una etapa de frustrados intentos de centralización desde Buenos Aires que habían comenzado en mayo de 1810. A partir de ese momento, los pueblos de cada distrito -con excepción de Jujuy, unido a Salta hasta 1834- asumieron su propia entidad política. Las provincias se convirtieron en verdaderos mini-Estados, cuyas armas no sólo fueron la lanza y el fusil sino las aduanas interiores. Privadas de la Aduana porteña, las provincias debieron crear sus propias aduanas, cuyos derechos sobre exportación e importación constituían la mayor fuente de recursos para las finanzas de cada economía provincial.
Norma L. Pavoni, El Noroeste Argentino en la época de Alejandro Heredia, I, La Política, Tucumán, Ed. Fundación Banco Comercial del Norte, Colección Historia, 1981, pp. 4-5.
Ibid., pp. 5-7.
Ibid., pp. 7-8.
Ibid., pp. 8-9.
Carlos S.A. Segreti, Juan Bautista Bustos, en el escenario nacional y provincial, Gobierno de la Provincia de Córdoba, Subsecretaría de Cultura, Córdoba, 1970, pp. 17-18, cit. en ibid., p. 9.
Ibid., p. 9.
Andrés Carretero, Los Anchorena. Política y negocios en el siglo XIX, Buenos Aires, 1970, pp. 18-52; Manuel Belgrano al gobernador intendente de Salta, Salta, 5 de marzo de 1813, Academia Nacional de la Historia, Epistolario Belgraniano, Recopilación de M. T. Piragino, Buenos Aires, 1970, pp. 183-184, citados en ibid., p. 10.
Antonio Zinny, Historia de los gobernadores de las provincias argentinas (Noroeste), Tucumán, Fundación Banco Comercial del Norte, 1974, p. 518 (reimpresión facsimilar), y Ramón A. Leoni Pinto, Empréstito y comercio en Tucumán. Introducción a su estudio (1810-1825), en Primer Congreso de Historia argentina y regional, Academia Nacional de la Historia, Buenos Aires, 1973, p. 176, citados en ibid., p. 11. A la retracción comercial con el Alto Perú y la disminución del aporte de metálico proveniente de dicha región se sumó un hecho de desastrosos efectos socioeconómicos: la falsificación de monedas. En 1817, la moneda falsa era tan abundante en Salta que su gobernador, Martín Miguel de Güemes, se vio obligado a decretar su curso forzoso previo resello. El problema de la falsificación monetaria se extendió por todo el Interior y se agravó a partir del período abierto en 1820, de autarquía provincial y anarquía. Carlos S.A. Segreti, Moneda y Política en la primera mitad del siglo XIX (Contribución al estudio de la moneda argentina), Tucumán, Fundación Banco Comercial del Norte, 1975, cap. I, en ibid., pp. 14-15.
Ibid., p. 11.
Ricardo Levene, Las Provincias Unidas del Sud en 1811. Consecuencias inmediatas de la Revolución de Mayo, Buenos Aires, 1940, pp. 146-152, en ibid., p. 11.
R. Levene, op. cit., pp. 204-214, en ibid., pp. 11-12.
R. Levene, op. cit., pp. 204-214, en ibid., p. 12.
Ibid., p. 12.
R. Levene, op. cit., pp. 214-226, en ibid., p. 13.
Belgrano a Güemes, Tucumán, 24 de enero de 1817, Epistolario..., op. cit., p. 296, en ibid., p. 15.
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