La ley de derechos diferenciales y la ley que desconocía la validez de los actos de soberanía del gobierno porteño
Rotos los pactos de diciembre de 1854 y enero de 1855, y no queriendo
recurrir Urquiza al uso de la fuerza para reincorporar a Buenos Aires a la Confederación,
procuró una guerra económica en base a tarifas diferenciales, con el objetivo de
aumentar los ingresos de las aduanas de la Confederación, disminuir los de la de Buenos
Aires, y obligar al gobierno de esta provincia a su incorporación. Vale destacar que el
uso de derechos diferenciales no era un instrumento nuevo en la política rioplatense.
Buenos Aires lo había usado varias veces contra Montevideo desde 1810. Así, dos
importantes diarios de la Confederación, El Nacional Argentino, de Paraná, y La
Confederación, de Rosario, justificaban la adopción de derechos diferenciales en los
siguientes términos: ¿con qué derecho cobra Buenos Aires tributo a las mercancías
enviadas desde Europa para el consumo de la Confederación, o exportadas por ésta para
aquellos mercados? A pesar de estas protestas de los hombres de la Confederación, como ya
se ha dicho, parte de esos ingresos del gobierno porteño estaban dirigidos al servicio de
deudas que eran de carácter nacional (1).
Preparada la opinión pública al efecto, el 19 de julio de 1856 el
Congreso de Paraná dictó la ley de derechos diferenciales, que recargaba en los puertos
de la Confederación la introducción de mercaderías europeas procedentes de Buenos
Aires. Se exceptuaba de la medida a la parte sur de Brasil, Uruguay y Paraguay. A la vez,
los productos naturales y manufacturados provenientes de la provincia de Buenos Aires eran
admitidos libres de derechos, como productos de la Confederación Argentina. El
pensamiento o concepto de los derechos diferenciales había nacido en el Congreso Nacional
en las sesiones de 1854, pero, debido a que tenía casi tantos defensores como opositores,
el gobierno había aplazado el tratamiento de esta cuestión, que recién volvió a
considerarse en 1856 (2).
Se quería evitar con esta ley que las mercaderías importadas de
Europa para el consumo en el territorio de la Confederación Argentina pagasen derechos en
la aduana de Buenos Aires, y se perseguía además que los buques de ultramar llegasen
hasta Rosario y cargasen de retorno los productos de la Confederación, evitando de este
modo los gastos de flete de las embarcaciones de cabotaje con que tenían que conducirse
al puerto de Buenos Aires. El proyecto fue ampliamente discutido en la Cámara de
Diputados y triunfó por una diferencia de 16 votos a favor y 12 en contra. A esta ley
debió Rosario un rápido crecimiento. Vale señalar que a fines de 1855 los sueldos de la
Confederación, como consecuencia de su debilidad financiera, tenían un atraso de nueve
meses. La recaudación aduanera era casi inexistente y no existía otro dinero para
solventar los gastos nacionales que no fuese el del crédito usurario (3). En este
dramático contexto, el gobierno de Paraná apostó su salvación a la guerra de tarifas
contra Buenos Aires.
Poco después, el 26 de septiembre de 1856, el Congreso Nacional
complementaba el endurecimiento de la posición del gobierno de la Confederación con la
siguiente ley:
Art. 1) La Nación Argentina no reconoce valor ni
fuerza legal a los actos de soberanía exterior que ejerce o hubiere ejercido el Gobierno
de Buenos Aires; ni a los de soberanía interior que afecten a propiedades nacionales o al
crédito de la República.
Art. 2) En su consecuencia el Poder Ejecutivo protestará contra todos
los actos de que habla el artículo anterior que hubiere ejercido el Gobierno de Buenos
Aires, e individualmente contra cada uno de los que en adelante ejercieren cuando llegasen
a su conocimiento (4).
J. Alvarez, op. cit., p. 118.
J.M. Rosa, op. cit., pp. 165-166.
Ibid.
Rejistro Nacional, t. II, p. 293, citado en I.J. Ruiz Moreno, op. cit., p. 122.
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