Con las elecciones celebradas en mayo de 1860, Bartolomé Mitre fue
electo gobernador en la provincia de Buenos Aires y Justo José de Urquiza en la de Entre
Ríos. A pesar de su inicial resistencia a los intentos organizadores del gobierno de
Urquiza, Mitre demostró, a partir de su llegada al poder, la intención de lograr un
acercamiento con el general entrerriano y con el presidente de la Confederación
Argentina, Santiago Derqui. El objetivo del nuevo gobernador porteño era mantener la
unión establecida por el Pacto de Flores, pero conservando su provincia ciertos
privilegios hasta que se produjera la incorporación definitiva.
No obstante el clima de agitación política y el rol protagónico que
la prensa tenía en el mismo, un primer paso hacia la conciliación entre los Estados en
pugna se logró con la firma del convenio del 6 de junio de 1860. Dicho convenio
reglamentaba lo dispuesto en el Pacto de San José de Flores, con el fin de que
"desaparezcan para siempre los obstáculos políticos y complicaciones
mercantiles". Se convino que la aduana porteña continuaría administrada por la
provincia a la vez que ésta entregaría al tesoro nacional un millón y medio de pesos.
Por su parte, el artículo 13º de dicho convenio ratificaba que Buenos Aires no
continuaría con el ejercicio de las relaciones exteriores, conforme al artículo 6º del
Pacto de San José de Flores. Parecía que la línea conciliadora se imponía sobre el
autonomismo porteño. Prueba de ello era la invitación del gobernador porteño Mitre para
que tanto el presidente Derqui como el gobernador de Entre Ríos Urquiza festejaran juntos
en Buenos Aires la fecha patria del 9 de julio.
Como era de esperarse, los agentes españoles en el Plata, conscientes
de que detrás de esta aparente armonía subsistían diferentes ópticas entre el gobierno
de Buenos Aires y los representantes de la Confederación, aprovecharon la presencia de
aquellas tres figuras para convencerlos de no alterar lo ya firmado. Carlos Creus, cabeza
de la legación española en el Plata que se había trasladado a Buenos Aires, informó al
respecto a su regreso al Estado Oriental del Uruguay (1).
Carlos Creus sostenía en su informe:
Sé que en las varias conferencias y tratados que tuvieron el presidente Derqui y el general Urquiza con los gobernantes de Buenos Aires para transigir sus diferencias domésticas, los últimos procuraron con empeño obtener alguna declaración que suspendiera los efectos del tratado con España que se refiere a la nacionalidad de los hijos de los españoles; pero tanto el Presidente de la Confederación como el Gobernador de Entre Ríos contestaron con firmeza que jamás consentirían en quebrantar la fe jurada, con desdoro propio y ofensa de la Nación de sus mayores.
En mis conversaciones con el señor Derqui y el general Urquiza he procurado mantenerlos en la conducta que se han propuesto seguir con España, y creo tener la seguridad que no se desviarán de ella.
También me lisonjeo de haber destruido muchas de las preocupaciones que temían o afectaban temer los gobernantes de Buenos Aires con el tratado con España, habiendo tenido con este motivo algunos debates muy vivos con el Ministro Elizalde, que ha sido el que lo ha impugnado con más virulencia, y con otros individuos de aquella Administración; pues según me han asegurado el señor Huergo, nuevo Encargado de Negocios de la Confederación en esta República, y el señor Casares, nuestro Vicecónsul en Buenos Aires, el señor Elizalde les había confesado que se habían modificado sus ideas con respecto al tratado por efecto de las conversaciones que habíamos tenido; y que si lograban hacer pasar la reforma que habían presentado al art. 31 de la Constitución Federal y en virtud de la cual quedarían suspensos con respecto a Buenos Aires todos los tratados celebrados por la Confederación hasta que aquella Provincia los reconociese, sólo exigirían algunas condiciones de residencia y domicilio en España a los hijos de españoles nacidos en estos países que quisieran seguir la nacionalidad de sus padres, y que no se opondrían a las demás cláusulas del tratado, que encuentran buenas y aceptables.
AMAE, legajo 152, despacho desde Montevideo, 27 de julio de 1860, citado en I. J. Ruiz Moreno, op. cit., pp. 261-262.
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