El carácter ambiguo del texto del tratado de 1881
El texto del tratado Echeverría-Irigoyen contiene numerosas ambigüedades, producto de los escasos conocimientos geográficos de la época sobre algunas de las regiones afectadas por sus estipulaciones. La primera de ellas, que generó serios roces entre las autoridades argentinas y chilenas a la hora de demarcar lo establecido en el tratado, fue la que aparece en el artículo 1º. Este estipula como línea fronteriza "las cumbres más elevadas de dichas cordilleras que dividen las aguas". La ambigüedad de dicho artículo consiste en que las "altas cumbres" y la "divisoria de aguas" que aparecen como criterios coincidentes para la delimitación de jurisdicciones, en realidad no lo son, debido a la problemática configuración de la cordillera de los Andes al sur del paralelo de 40o. Hasta dicho paralelo resulta relativamente fácil seguir en línea el encadenamiento de las altas cumbres divisoras de aguas. Pero más allá del paralelo de 40o, las montañas más altas no dividen vertientes, tienden a inclinarse hacia e incluso meterse en el Pacífico, y se bifurcan o polifurcan en varios cordones paralelos, de altura semejante. Vale aclarar que la hidrografía del área también se ensaña contra cualquier intento de demarcación sencillo. Existe una importante cantidad de ríos que se desprenden de la cordillera volcándose hacia el Atlántico y luego de un determinado trayecto dan la vuelta hacia el oeste y desembocan en el Pacífico. Reforzando la idea de ambigüedad del artículo 1º del tratado de 1881 presentada por distintos autores argentinos especialistas en el conflicto limítrofe, el chileno Germán Carrasco Domínguez sostiene:
La absurda condición copulativa del Tratado, fruto del desconocimiento de la realidad geográfica, de una línea al mismo tiempo orográfica e hidrográfica no podía cumplirse al sur de la zona de Llanquihue, donde ríos nacidos en vertientes orientales del sistema andino torciendo hacia el occidente lo penetraban y venían a desembocar al Pacífico. Argentina sostuvo que el art. 1º expresaba claramente una línea orográfica: "el encadenamiento principal de la Cordillera de los Andes"; y Chile que contenía una línea esencialmente hidrográfica: "el divortium aquarum". (1)
El
principal punto de discordia fue precisamente la interpretación que cada una de
las partes en litigio le dio a la línea divisoria establecida por el artículo
1º del tratado de 1881. Para los argentinos era la línea de demarcación
determinada por las más altas cumbres, independientemente de su continuidad
como divisora de aguas. Frente al criterio de las "altas cumbres"
sostenido por el perito argentino Octavio Pico, los expertos chilenos,
representados por Diego Barros Arana, sostuvieron que la línea divisoria pasaba
no por las más altas cumbres, sino por aquellas alturas que dividiesen las
aguas, fuesen o no las más altas cumbres. Mientras el "divortium
aquarum" de los chilenos llevaba la frontera considerablemente hacia el
oriente, el criterio argentino de las altas cumbres otorgaba salida al Pacífico
en Puerto Natales. (2)
De
acuerdo con una serie de fuentes, la actitud de la clase política argentina
parece haber coincidido, entre 1881 y 1902, con la interpretación del tratado
de 1881 que tienen los chilenos y que luego adoptarían la Corte Arbitral y el
Papa en la cuestión del Beagle. En otras palabras, que la intención de los
signatarios del tratado de 1881 fue la de otorgar las islas a Chile. Entre estos
testimonios, cabe citar el hecho de que el "Mapa Oficial de la República Argentina",
confeccionado en 1882 bajo el auspicio de Bernardo de Irigoyen, en ese entonces
ministro del interior, atribuía las islas Picton, Lennox y Nueva a Chile. (4)
No
obstante, otros datos muestran cierta confusión y ambigüedad respecto de la
jurisdicción de las islas Picton, Nueva y Lennox. Por ejemplo es paradójico el
caso del mismo Bernardo de Irigoyen, el firmante del tratado de 1881, que en su
discurso ante la cámara de Diputados en defensa del acuerdo no hacía mención
alguna de las islas, pero sostenía al final que el tratado daría a la
Argentina todo el Atlántico desde el Río de la Plata hasta el cabo de Hornos,
una afirmación por cierto descolgada del contexto anterior. Asimismo, por
decreto del 20 de octubre de 1884, el presidente Roca otorgaba un subsidio de
25.000 pesos para la impresión del "Atlas de la República Argentina
construido y publicado por el Instituto Geográfico Argentino bajo los auspicios
del Excelentísimo Gobierno Nacional",
finalmente publicado por la editorial Guillermo Kraft de Buenos Aires en
1892. De su elaboración fue responsable una "Comisión Especial del Mapa y
Atlas de la República Argentina", cuyos presidentes, honorario y efectivo,
eran el teniente general Bartolomé Mitre y el en ese momento canciller
Estanislao S. Zeballos. Este Atlas tenía dos planos generales de la República
Argentina de escala 1/8.000.000 en los cuales todas las islas anteriormente
mencionadas aparecían como chilenas. Pero además incluía un mapa de Tierra
del Fuego, fechado en 1885, de escala 1/2.000.000, donde también las islas
aparecían como chilenas, por demarcación de límite y diferencia de color.
Curiosamente, sin embargo, existió un segundo mapa de la gobernación fueguina,
de escala 1/2.300.000, fechado en 1893, que adjudicaba Picton y Nueva a la
Argentina, a la vez que atribuía Lennox y todas las demás islas del sur hasta
el cabo de Hornos a Chile. Quizás la explicación a esta contradicción fuera
que el gobierno argentino intentó por esa fecha extrapolar a la zona insular lo
establecido por el Protocolo de 1893 para la zona continental. (5)
Como
ya se dijo, luego de la firma del tratado de 1881 hubo un impasse hasta
la asunción del siguiente presidente chileno José Manuel Balmaceda. Terminada
la guerra del Pacífico y satisfechas las autoridades chilenas con los positivos
resultados de la misma (la anexión de los territorios de Antofagasta, Tarapacá,
Arica y Tacna), el gobierno trasandino demostró escaso interés en el tratado
firmado con el gobierno de Roca, pese a las reiteradas exhortaciones de los círculos
oficiales argentinos para llevarlo a la práctica. Fueron algunos incidentes
fronterizos producidos como resultado de las operaciones del ejército argentino
en los Andes durante el período 1881-1883, dirigidas a saldar las últimas
resistencias indígenas en el área patagónica, y posteriormente, el
otorgamiento de concesiones por el gobierno argentino a compañías extranjeras
sobre territorios aledaños a ríos que podían tener desagüe en el Pacífico
los que hicieron tomar conciencia de la necesidad de la demarcación de la
frontera. Fue entonces cuando se pusieron en evidencia los errores intrínsecos
del tratado al intentar aplicarlo en la zona de los Andes patagónicos.
NOTAS
Carlos Escudé y Cristóbal Williams, "El conflicto del Beagle. La razón y las pasiones", Todo es Historia, año XVII, Nº 202, febrero de 1984, p. 16; Miguel Angel Scenna, "Argentina-Chile: el secular diferendo", (segunda parte), Todo es Historia, Nº 44, diciembre de 1970, p. 80; Idem, Argentina-Chile: una frontera caliente, Buenos Aires, Editorial de Belgrano, 1981, p. 90. Consultar asimismo el trabajo de Germán Carrasco Domínguez, El Arbitraje Británico de 1899-1903. Sus aspectos procesales, Santiago de Chile, Andrés Bello, 1968, p. 134.
Las divergencias de interpretación de la Argentina y Chile respecto de la demarcación de límites se pueden ver en las siguientes fuentes: C. Escudé y C. Williams, op. cit., p. 16; M.A. Scenna, "Argentina-Chile: el secular diferendo", (segunda parte), op. cit., p. 80; Idem, Argentina-Chile..., op. cit., pp. 90-91; G.V. Rauch, op. cit., pp. 317-319; Octavio Errázuriz Guilisasti, Las relaciones chileno-argentinas durante la Presidencia de Riesco 1901-1906, Santiago de Chile, Andrés Bello, 1968, pp. 15-16; F.A. Encina, op. cit., pp. 190-191, y R.N. Burr, op. cit., pp. 185-186.
C. Escudé y C. Williams, op. cit., pp. 10-11.
Ibid., p. 11.
Ibid., pp. 12-15.
Aclaración: Las obras citadas (op. cit.) que no se mencionan explícitamente en este listado de citas, se encuentran en las páginas inmediatamente anteriores. Para ello, haga un click en el botón "Anterior". También puede utilizar la opción "Búsqueda" , ingresando el nombre del autor de las obras respecto de las cuales se requiere información.
© 2000. Todos los derechos reservados.
Este sitio está resguardado por las leyes internacionales de
copyright y propiedad intelectual. El presente material podrá ser utilizado con fines
estrictamente académicos citando en forma explícita la obra y sus autores. Cualquier
otro uso deberá contar con la autorización por escrito de los autores.