La Sociedad de las Naciones, organismo
constituido para garantizar la paz mundial y la integridad territorial e independencia
política de los Estados, fue producto del pensamiento del presidente norteamericano
Woodrow Wilson, quien proclamó la creación de esta Sociedad y la proclamación de los
Catorce Puntos en enero de 1918, como una respuesta a la revolución bolchevique en Rusia
de 1917. El proyecto wilsoniano, inspirado en los artículos de la tradición liberal
kantiana acerca de la "paz perpetua", procuraba alterar el principio realista
del equilibrio de poder establecido desde la paz de Westfalia de 1648, y reemplazarlo por
el mecanismo de seguridad colectiva, que, a través de la Sociedad de las Naciones,
declararía a los futuros conflictos bélicos como atentatorios contra el derecho de
gentes. El 28 de junio de 1919, los firmantes del tratado de Versailles refrendaron el
estatuto de la Sociedad de las Naciones, la cual inició sus actividades en Ginebra el 16
de enero de 1920, y celebró su primera asamblea en noviembre de dicho año (1).
El canciller argentino Honorio Pueyrredón fijó la posición oficial
en una nota del 18 de julio de 1919, que establecía: a) aceptar el funcionamiento de la
Sociedad, pero rechazando la segregación de los países neutrales en las asambleas
públicas; y b) impugnar la distinción que los vencedores hacían entre beligerantes y
neutrales, pues la misma contradecía los fundamentos constitutivos de una sociedad con la
pretensión de resguardar la paz entre las naciones (2).
Una vez ratificado el tratado de paz en Versailles, el presidente del
Consejo Supremo de la Sociedad de las Naciones, George Clemenceau, se dirigió por
telegrama el 20 de enero de 1920 al presidente Yrigoyen, invitando a la Argentina a
adherirse al Pacto de la Sociedad de las Naciones. Yrigoyen aceptó la invitación,
ratificando los términos de adhesión efectuados en julio de 1919. Tras obtener el
acuerdo del Senado, el poder ejecutivo nombró, en octubre de 1920, a la delegación que
representaría a la Argentina en la Liga de las Naciones. La misma estaba encabezada por
el canciller Honorio Pueyrredón, e integrada por el entonces embajador argentino en
París, Marcelo Torcuato de Alvear; el embajador argentino en Viena, Felipe Pérez; el
consejero Roberto Levillier y el asesor técnico Daniel Antokoletz. Las instrucciones más
importantes del gobierno argentino a su delegación fueron las siguientes:
II- La delegación sostendrá que, tratándose de una sociedad llamada
a establecer la paz futura entre las naciones, no cabe distingo de
"beligerantes" y "neutrales" para los Estados que formen parte de
ella.
III- Sostendrá, como cuestión fundamental, que sean por igual admitidos a incorporarse a
la Sociedad de las Naciones, todos los Estados reconocidos como tales por la comunidad
internacional.
IV- La delegación procurará que se suprima del pacto la denominación de potencias
"aliadas y asociadas", así como cualquier otra expresión que importe
establecer un vínculo entre la nueva institución que se crea y la pasada guerra. (...)
IX- Propondrá que los miembros del Consejo sean elegidos por la Asamblea, conforme al
principio de la igualdad de los Estados y a base de que, dentro de un período de tiempo,
todos los Estados que formen la Sociedad lleguen a estar representados en el Consejo.
(...)
XI- La delegación tendrá presente que la República Argentina repudia la guerra de
conquista y considera ilegítima toda apropiación violenta de territorio ajeno.
XII- Sostendrá el principio del arbitraje general y obligatorio para todos los asuntos
que no hayan podido solucionarse por la vía diplomática, con excepción de las
cuestiones que afecten preceptos de la constitución política de los Estados. Para las
controversias internacionales que según las leyes locales deben resolverse por los
tribunales de cada país, se establecerá la facultad de no someterlos al juicio arbitral
antes que la jurisdicción nacional se haya pronunciado definitivamente. (...)
XVI- Respecto a los mandatos coloniales, propiciará la fórmula que coloque a los pueblos
incapaces de gobernarse por sí mismos en condiciones de progresar moral y materialmente y
constituir con el tiempo Estados libres e independientes.
XVII- La delegación tendrá presente, como fundamentales, los siguientes principios:
a) La igualdad de todos los Estados soberanos;
b) El principio de la autodeterminación de los pueblos;
c) La libertad de los mares;
d) La inviolabilidad de la propiedad privada en la guerra marítima;
e) La restricción del concepto de contrabando y la adopción de reglas precisas y
uniformes al respecto;
f) La declaración de que los productos naturales del país no deben calificarse de
contrabando de guerra, pues sirven para satisfacer las necesidades normales y primordiales
de la humanidad;
g) La existencia de una moral internacional.
XVIII- Todas las cuestiones serán consideradas por la delegación dentro de las
orientaciones generales de las presentes instrucciones y teniendo en cuenta los fines que
persigue la Sociedad de las Naciones. Los puntos dudosos serán consultados con el Poder
Ejecutivo de la Nación (3).
El 7 de diciembre de 1920, la delegación argentina se retiró de la
Sociedad de las Naciones que sesionaba en Ginebra, debido a la negativa de las naciones
vencedoras de la guerra a aceptar la posición argentina de que todos los estados
soberanos formaran parte de la Sociedad sin excepciones de carácter discriminatorio. La
delegación argentina argumentaba su postura universalista en el principio de que "la
victoria no da derechos (4)".
Al inaugurar las sesiones del período parlamentario de 1921, el
presidente Yrigoyen se refirió al retiro de la delegación argentina en Ginebra en los
siguientes términos:
El Poder Ejecutivo se había adherido a la idea de una liga de las
naciones, con el fin de fundamentar la paz universal. Invitado a dar su opinión sobre el
proyecto del Pacto, rehusó adelantarla en la forma privada y enteramente sin carácter
oficial que se le pedía, contestando que, animado del más amplio espíritu, se disponía
a concurrir a la discusión pública con el firme propósito de propender a la
realización y estabilidad de la misma, y de acuerdo con este concepto expresó su
adhesión sin reserva a la idea esencial.
Invitado más tarde a concurrir a la discusión pública que debía tener lugar en la
primera Asamblea que se reunió en Ginebra el 15 de noviembre de 1920, y entre cuyos
objetivos figuraba la discusión de las enmiendas del Pacto, la delegación argentina
propuso como esenciales los principios de la universalidad de la Sociedad de las Naciones
y de la igualdad de todos los Estados soberanos.
Postergada la consideración de estos principios, el Gobierno argentino entendió que sin
la aceptación de dichas bases fundamentales no se llenaba el ideal que él tuvo en vista
al adherirse a la formación de la liga de las naciones para asegurar la paz de la
humanidad, y en consecuencia postergada su consagración, la delegación argentina
procedió a retirarse del seno de la Asamblea (5).
En 1926, ya durante el gobierno de Marcelo T. de Alvear (1922-1928) -quien había sido integrante de la delegación argentina en Ginebra-, el poder ejecutivo nombró a Tomás A. Le Breton como delegado argentino para que participara en el estudio de la organización del Consejo de la Sociedad de las Naciones. Al finalizar el debate general sobre este tema el 11 de mayo de dicho año, Le Breton ratificó los principios que habían determinado el retiro de la delegación argentina de la primera Asamblea de la Sociedad de las Naciones en Ginebra en 1920:
Diré solamente algunas palabras para que la Comisión de Redacción
pueda tener cuenta de las razones y alcance de nuestra adhesión. He tenido oportunidad de
manifestar ya, que los principios en que se basa la opinión argentina sobre el asunto
materia de nuestras deliberaciones son los mismos que expusiera la delegación que
representó a nuestro país en la primera Asamblea, es decir, la mayor democratización
del Comité Directivo con la más amplia rotación de sus miembros. Repetí entonces que
aceptaríamos la atenuación de la reelección que preveía también aquella proposición
y que en resumen admitiríamos todas las modificaciones tendentes a estos propósitos,
consecuentes con este modo de ver y a pesar de los inconvenientes serios de acrecer el
Consejo. Mientras sea necesario mantener el régimen de la unanimidad, aceptamos el plan
británico de aumento de los miembros efectivos, que lleva el Consejo a catorce, como
asimismo la forma de rotación propuesta en vista de la mayoría especial que se exige,
todo con el alto propósito de contribuir a solucionar las dificultades en forma
conciliatoria.
Nuestro principio doctrinario de tender a la democratización de la Liga nos hace esperar
que un día todo privilegio desaparezca, alcanzándose la igualdad política y jurídica
que anhelamos. Llamados a dar nuestra sincera apreciación sobre las soluciones justas y
equitativas, debemos mantener el compromiso contraído espontáneamente ante la Asamblea
con anterioridad a estas incidencias al iniciarse la vida de la liga en un propósito de
la más elevada imparcialidad. Debo asimismo dejar constancia de algunos puntos de vista
generales, para evitar todo equívoco sobre la actitud argentina; procurando sintetizar
los esenciales, no creemos que puedan existir zonas de influencia dentro de la vida común
de las naciones que forman esta liga; nuestro país no pretende para sí una importancia
especial en nuestra América, pero, lógico en su fe democrática y consciente de su
absoluta individualidad como Estado, no concibe que por concepto alguno pueda ceder en
rango a ningún otro.(...) (6)
Ver al respecto Hermann Kinder y Werner Hilgemann, Atlas Histórico Mundial, tomo 2: De la Revolución Francesa a nuestros días, Madrid, Ediciones Istmo, 1983, p. 151.
Posición del canciller Pueyrredón citada en el artículo titulado "Argentina adhiere a la Liga de las Naciones", Diario de la Historia Argentina, Nº 102, julio 1919, en J. Perrone, op. cit., tomo 3, p. 17.
Texto de las instrucciones a la delegación argentina en la Liga de las Naciones citado en C.A. Silva, op. cit., pp. 557-559.
Ver con respecto a la posición argentina en la Liga de las Naciones los artículos titulados "La Argentina se retira de la Liga de las Naciones", diciembre de 1920, e "Yrigoyen aclara nuestro retiro de la Liga", mayo de 1920, ambos citados en Diario de la Historia Argentina, Nº 103, pp. 1-2, en J. Perrone, op. cit., tomo 3, pp. 23-25.
Palabras del presidente Yrigoyen al inaugurar las sesiones del período parlamentario de 1921, refiriéndose al retiro de la delegación argentina en Ginebra, citadas en C.A. Silva, op. cit., pp. 566-567.
Discurso de Le Breton, 11 de mayo de 1926, cit. en ibid., pp. 567-568.
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